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Valoración de un club deportivo: cómo influyen las retenciones y los contratos en neto

Cuando se valora un club deportivo, la atención se dirige a los ingresos, a la plantilla y a la cantera. Sin embargo, el precio que un comprador está dispuesto a pagar depende también de algo menos visible: el riesgo fiscal acumulado en los contratos de los jugadores. Un club es retenedor y pagador, y cualquier retención mal practicada pasa a formar parte, de hecho, de su pasivo. Este artículo explica cómo afectan esas contingencias a la valoración de un club o de una sociedad anónima deportiva y qué conviene revisar en una compraventa, una sucesión o una reestructuración.

Por qué la mochila fiscal condiciona el valor de un club

Valorar una entidad deportiva no consiste solo en proyectar flujos. Quien compra asume, junto con los activos, las deudas y contingencias de la entidad, incluidas las tributarias. En nuestra guía sobre la fiscalidad de los clubs deportivos como retenedores y pagadores se explica por qué esa posición es delicada: la obligación de retener es autónoma respecto de la del jugador, de modo que Hacienda puede reclamar al club la retención que debió practicar aunque el deportista haya declarado correctamente su renta.

Para el valorador y para el comprador, esto significa que las regularizaciones potenciales de ejercicios abiertos deben cuantificarse y tratarse como una partida a descontar del precio, a cubrir con garantías contractuales o a retener hasta que la contingencia prescriba. No se trata de aplicar cifras genéricas, sino de analizar contrato por contrato.

Contratos en neto: un pasivo que se oculta en la plantilla

Un salario pactado en neto obliga al club a soportar el impuesto del jugador. Como ese impuesto es a su vez retribución, el cálculo es circular: el bruto necesario es el neto dividido entre uno menos el tipo efectivo. Si la nómina se ha calculado sobre un bruto inferior al que resulta del pacto, aparece una retención insuficiente que la inspección puede regularizar, con intereses y, en su caso, sanciones.

Para quien valora, el efecto es doble. Por un lado, el coste real de la plantilla es mayor que el que figura en la contabilidad si el bruteo no se ha reflejado bien. Por otro, existe un riesgo retrospectivo sobre los ejercicios no prescritos. Ambos elementos deben incorporarse al análisis, ya sea ajustando los flujos futuros o registrando una provisión por la contingencia identificada.

Derechos de imagen: la partida que más discusión genera

Muchos clubs complementan el sueldo con pagos a sociedades de los jugadores por la explotación de su imagen. Si la Administración recalifica parte de esos pagos como retribución del trabajo, surge una retención no practicada sobre esos importes. La defensa exige acreditar la realidad de la cesión, la valoración del derecho y la tributación de la sociedad perceptora, y aquí un informe de valoración independiente tiene un peso probatorio importante. En ese terreno trabaja ValiTax Informes Periciales, y es una pieza habitual tanto en una due diligence como en la defensa posterior ante Hacienda.

Forma jurídica y régimen fiscal: SAD o club

La Ley 39/2022 del Deporte permite que los clubs que participan en competiciones profesionales se organicen como sociedad anónima deportiva o mantengan la forma de club. La diferencia importa al valorar, porque cambia el régimen del Impuesto sobre Sociedades y la forma de transmitir la titularidad.

Impuesto sobre Sociedades

El tipo reducido del que disfrutaron durante años los clubs sin ánimo de lucro fue examinado como posible ayuda de Estado. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia de 4 de marzo de 2021 (asunto C-362/19 P), concluyó que ese tipo podía constituir una ventaja. Por eso, una valoración no debe dar por sentado el tratamiento histórico y debe revisar el régimen vigente de la entidad.

IVA

La exención del art. 20.Uno.13.º de la Ley del IVA no es general para toda la actividad de un club profesional. Entradas, derechos audiovisuales, patrocinio, publicidad y traspasos deben analizarse operación por operación, y de ello depende también el derecho a deducir el IVA soportado. Un criterio erróneo se repite cada temporada y se acumula en la contingencia.

Compraventa, sucesión y reestructuración: qué revisar

Cada operación plantea preguntas distintas, y conviene separarlas desde el principio.

  • Compraventa de participaciones: el vendedor tributa por la ganancia patrimonial o por la renta que corresponda según su condición. En personas físicas, el art. 37.1.b de la Ley del IRPF fija un valor mínimo para las participaciones de entidades no cotizadas, de modo que el precio pactado no puede ignorar la referencia fiscal.
  • Sucesión: si la titularidad de una sociedad deportiva se transmite mortis causa o por donación, la valoración sirve de base al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cuyas reducciones para empresa familiar dependen de requisitos y de la normativa autonómica.
  • Reestructuración: una aportación de ramas de actividad o una reorganización societaria puede encajar en el régimen especial de neutralidad fiscal, siempre que se cumplan sus requisitos, incluida la existencia de motivos económicos válidos.

En todos los casos la regla práctica es la misma: la valoración debe documentar las hipótesis, y la estructura fiscal debe diseñarse antes de firmar, no después.

Lista de comprobación previa a una operación

  • Contratos de jugadores y técnicos con cláusulas de neto, y metodología de cálculo del bruto.
  • Coherencia entre contratos, nóminas, modelos 111, 190 y 216 en los ejercicios no prescritos.
  • Contratos de derechos de imagen, valoración del derecho y tributación de la sociedad perceptora.
  • Clasificación de ingresos en IVA y deducción del IVA soportado.
  • Régimen aplicado en el Impuesto sobre Sociedades y su respaldo documental.
  • Actas, requerimientos o comprobaciones abiertas o recientes.

El apoyo de LRB Tax & Legal

LRB Tax & Legal es un despacho experto en asesoramiento fiscal a clubs deportivos y deportistas y en la defensa en inspecciones fiscales. Revisamos los contratos antes de la operación, cuantificamos las contingencias para que se reflejen en el precio y acompañamos a las partes si, después, la Agencia Tributaria inicia una comprobación.

Preguntas frecuentes

¿Cómo afectan los contratos en neto al valor de un club?

Aumentan el coste real de la plantilla y generan un riesgo de retenciones insuficientes en ejercicios no prescritos. Ese riesgo debe cuantificarse y reflejarse en el precio, en una provisión o en garantías contractuales.

¿Quién responde de las retenciones no practicadas cuando se vende un club?

La deuda es de la entidad retenedora, de modo que sigue en el club tras la venta y el comprador la asume indirectamente. Por eso se negocian declaraciones y garantías del vendedor sobre las contingencias fiscales.

¿Para qué sirve un informe pericial sobre derechos de imagen?

Para acreditar el valor del derecho cedido y la realidad de la operación, tanto en una due diligence como si la Administración cuestiona la calificación de los pagos a la sociedad del jugador.

Si va a comprar, vender, traspasar o reorganizar un club o una sociedad deportiva, consulte con LRB Tax & Legal antes de fijar el precio. Contenido informativo que no sustituye al asesoramiento individualizado.

¿Necesita saber cuánto vale su empresa?

Cuéntenos para qué necesita la valoración —vender, comprar, repartir una herencia, entrar o salir de una sociedad, ampliar capital o defender un valor ante Hacienda— y le diremos qué tipo de informe le sirve, qué información hace falta, en cuánto tiempo lo tiene y con qué honorarios cerrados.