Conflictos societarios

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Valoración en conflictos societarios

Cuando el desacuerdo llega a un juzgado, la valoración deja de ser un instrumento de negociación y se convierte en prueba. Cambia todo: el destinatario, el nivel de justificación exigible, la anticipación de las objeciones y la necesidad de que quien la firma pueda sostenerla en sala frente a un perito contrario.

Dónde aparece la valoración en un litigio societario

ProcedimientoQué se valoraPara qué
Separación o exclusión con desacuerdoValor razonable de la participaciónDeterminar el reembolso
Impugnación de acuerdos socialesEfecto patrimonial del acuerdoAcreditar lesión del interés social
Acción de responsabilidad de administradoresDaño causado al patrimonio socialCuantificar la indemnización
Ampliación de capital impugnadaValor razonable pre-moneyAcreditar dilución injustificada
Operaciones vinculadas cuestionadasValor de mercado de la operaciónAcreditar el perjuicio
Disolución y liquidaciónValor de liquidación y cuotaReparto del haber social

Qué cambia respecto de una valoración ordinaria

  • El destinatario no es un experto financieroEs un juez. El informe debe ser técnicamente riguroso y a la vez comprensible, con un resumen ejecutivo que exponga la conclusión y su fundamento en términos accesibles.
  • Todo se somete a contradicciónCada hipótesis será atacada por el perito de la otra parte. La tasa de descuento, la muestra de comparables y los descuentos por minoría son los tres puntos de ataque habituales.
  • Las fuentes deben ser citables y verificablesNo basta con afirmar un parámetro: hay que indicar de dónde sale, con qué fecha y por qué es aplicable a este caso.
  • La fecha viene impuestaPor la ley o por la resolución. Valorar a una fecha distinta invalida el trabajo aunque esté bien hecho.
  • Hay que anticipar la réplicaUn buen informe pericial dedica un apartado a las objeciones previsibles y las responde antes de que se formulen.

El problema del acceso a la información

El socio minoritario en conflicto rara vez tiene acceso a la documentación que necesita para valorar. Su derecho de información societaria le permite obtener determinada documentación en los términos que la ley establece, y en el marco del procedimiento existen mecanismos para requerir a la contraparte la aportación de documentos. Un informe pericial elaborado sin acceso completo debe hacer constar expresamente esa limitación y explicar qué hipótesis ha tenido que asumir: ocultarlo es lo que permite al perito contrario desacreditarlo por completo.

La estrategia de las dos valoraciones

En un conflicto es habitual que existan dos informes con conclusiones muy distantes, y eso desconcierta al juzgado. La forma de ganar credibilidad no es alejarse más de la otra parte, sino lo contrario: identificar con precisión en qué se discrepa y por qué. Un informe que dice «coincidimos en el EBITDA normalizado y en la deuda neta; la diferencia procede íntegramente de la tasa de descuento y del descuento por minoría, y estas son las razones» resulta mucho más persuasivo que uno que se limita a afirmar otra cifra.

Esa técnica —aislar las discrepancias y argumentarlas una a una— es también la que más veces conduce a un acuerdo antes de sentencia, que casi siempre es mejor resultado que ganar un procedimiento cuatro años después.

Preguntas frecuentes

Sobre la valoración en litigios

¿Es mejor un perito de parte o uno designado judicialmente?

Son figuras compatibles y con funciones distintas. El perito de parte permite construir el caso desde el principio, controlar el enfoque y aportar el dictamen con la demanda o la contestación. El designado judicialmente tiene una apariencia de neutralidad que puede pesar en la valoración de la prueba, pero se elige por sorteo y no siempre está especializado en valoración de empresas. En la práctica, lo habitual y aconsejable es aportar pericial de parte y, si se acuerda designación judicial, participar activamente aportándole información.

¿Cuánto pesa la pericial en la decisión final?

Mucho, porque la valoración de una empresa es una cuestión técnica sobre la que el juzgado no tiene conocimientos propios. Ahora bien, el juez valora la prueba pericial conforme a las reglas de la sana crítica: no está vinculado por ninguno de los dictámenes y puede acoger uno, otro, una posición intermedia o rechazar ambos. Lo que más influye en esa decisión es la solidez metodológica, la trazabilidad de las fuentes y el comportamiento del perito en la ratificación.

¿Puedo usar la valoración para negociar antes de demandar?

Es lo más recomendable. Un informe técnico solvente puesto sobre la mesa antes de iniciar el procedimiento tiene un efecto notable: muestra a la otra parte que el asunto está preparado, cuantifica la discrepancia real y hace visible el coste de litigar. Buena parte de los conflictos societarios que se resuelven sin sentencia se resuelven en ese momento, y el informe se aprovecha después si la negociación fracasa.

¿Qué documentación necesita el perito si no tengo acceso a la empresa?

Se trabaja con lo disponible públicamente y con lo que se pueda obtener: cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil, información registral, escrituras, actas a las que se tenga derecho de acceso y documentación del propio socio. A partir de ahí se construye una valoración con hipótesis expresas sobre lo que no se ha podido verificar, y se solicita en el procedimiento la aportación de la documentación que falta. Es una situación habitual y no impide valorar; lo que exige es declarar con transparencia el alcance de la limitación.

¿Necesita saber cuánto vale su empresa?

Cuéntenos para qué necesita la valoración —vender, comprar, repartir una herencia, entrar o salir de una sociedad, ampliar capital o defender un valor ante Hacienda— y le diremos qué tipo de informe le sirve, qué información hace falta, en cuánto tiempo lo tiene y con qué honorarios cerrados.