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La reducción por empresa familiar
Es el beneficio fiscal más importante en la transmisión de empresas familiares y el que más veces se pierde por detalles. No se aplica automáticamente por tener una empresa: exige que se cumplan varios requisitos simultáneos, algunos de los cuales deben estar cumplidos antes del fallecimiento y ya no pueden corregirse después.
La lógica del beneficio
La norma pretende que el impuesto sucesorio no obligue a vender o a descapitalizar una empresa familiar para poder pagarlo. Por eso permite reducir de forma muy sustancial el valor de las participaciones que cumplan determinadas condiciones, a cambio de que la empresa se mantenga en la familia durante un plazo.
La reducción estatal se aplica sobre el valor de las participaciones que gocen de exención en el Impuesto sobre el Patrimonio, lo que convierte a los requisitos de esa exención en la puerta de entrada al beneficio. Y muchas comunidades autónomas han mejorado la reducción con porcentajes superiores, plazos más cortos o requisitos más flexibles.
Los porcentajes de reducción, el plazo de mantenimiento y los requisitos concretos varían entre la normativa estatal y la autonómica y se modifican con frecuencia. Lo que sigue describe la estructura del beneficio; la aplicación a un caso exige verificar la normativa vigente y la de la comunidad competente.
Los requisitos, uno a uno
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Que la entidad realice una actividad económica
La sociedad no puede tener como actividad principal la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario. Es el requisito que excluye a las sociedades patrimoniales y el que obliga a analizar con detalle la composición del activo.
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Participación mínima del causante o donante
Un porcentaje mínimo individual, o superior computando el grupo de parentesco que la norma define. Es un requisito que puede planificarse con antelación agrupando participaciones familiares.
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Ejercicio de funciones de dirección
Por el causante o por alguna de las personas del grupo de parentesco cuando se computa la participación conjunta. No basta con ser administrador formalmente: hay que ejercer efectivamente funciones de dirección.
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Retribución principal por esas funciones
Que las remuneraciones por esas funciones representen más de la mitad de la totalidad de los rendimientos que la norma computa. Es el requisito que más veces se incumple y el que exige revisar las nóminas ejercicio a ejercicio.
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Mantenimiento posterior
El adquirente debe mantener lo adquirido durante el plazo legalmente establecido, sin realizar actos de disposición que puedan dar lugar a una minoración sustancial del valor.
Los activos no afectos: la trampa habitual
Aunque la sociedad realice una actividad económica, la reducción no alcanza a la parte del valor que corresponda a activos no necesarios para esa actividad. La consecuencia práctica es que una empresa operativa que acumula inmuebles no afectos, carteras de inversión o tesorería muy por encima de sus necesidades ve reducido el beneficio en la proporción correspondiente.
Es exactamente el mismo análisis que se hace al valorar, y por eso conviene hacerlo antes: identificar los activos no afectos, cuantificarlos y decidir si conviene separarlos de la sociedad con tiempo suficiente. Hacerlo cuando el fallecimiento ya se ha producido es imposible; hacerlo el mes anterior puede ser cuestionable.
Qué se pierde si se incumple
Si el requisito incumplido es previo —actividad, participación, funciones o retribución—, la reducción no se aplica y el impuesto se liquida sin ella. Si el incumplimiento es posterior, por no mantener lo adquirido durante el plazo, procede regularizar ingresando la parte del impuesto dejada de ingresar más los intereses de demora que correspondan.
De ahí la importancia de dos cosas: comprobar los requisitos antes, y advertir a los herederos de las limitaciones que asumen durante el período de mantenimiento, incluido lo que pueden y no pueden hacer con la empresa.
Sobre la reducción por empresa familiar
¿Se aplica también a la donación en vida?
Sí, existe una reducción análoga para las donaciones de participaciones en empresa familiar, con requisitos adicionales propios: entre ellos, los relativos a la edad o situación de incapacidad del donante y al cese en el ejercicio de funciones de dirección y en la percepción de remuneraciones por ellas. Es una de las razones por las que la donación exige más planificación que la sucesión: hay condiciones que el donante debe cumplir antes de donar. Se detalla en donación de empresa a los hijos.
¿Puedo vender la empresa durante el plazo de mantenimiento?
Vender pone en riesgo la reducción, porque el requisito es mantener la adquisición durante el plazo legal. Ahora bien, la doctrina administrativa ha admitido en determinadas circunstancias que lo relevante es mantener el valor de lo adquirido y no necesariamente los mismos bienes, de modo que ciertas reinversiones y reestructuraciones pueden ser compatibles. Es terreno delicado: antes de cualquier operación durante ese período conviene analizar el impacto y, si procede, plantear una consulta.
¿Qué pasa si hay varios herederos y solo uno trabaja en la empresa?
La reducción se aplica a los adquirentes que cumplan los requisitos exigidos en cada caso, que en la sucesión se refieren fundamentalmente al causante y al mantenimiento posterior. Cuestión distinta y muy relevante en la práctica es cómo se reparte: adjudicar la empresa a quien la va a dirigir y compensar a los demás con otros bienes suele ser lo más sensato para la continuidad, pero exige valorar bien para que el reparto sea equitativo y no genere excesos de adjudicación con coste propio. Se trata en partición y reparto.
¿Una sociedad holding puede beneficiarse?
Puede, si cumple los requisitos y no se considera entidad de mera tenencia de bienes, para lo cual la norma prevé reglas específicas sobre el cómputo de las participaciones en filiales que realicen actividades económicas. Es una estructura habitual en grupos familiares y bien planteada facilita el cumplimiento de los requisitos de participación y dirección. Ahora bien, exige revisar la composición del activo de cada sociedad del grupo, porque los activos no afectos siguen limitando el beneficio.
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